¿Quiénes están habilitados para seguir realizando su actividad?

España decreta el Estado de Alarma y decreta una cuarentena por la crisis del coronavirus.

Sin embargo, en Gestóritas hemos hecho una recopilación de medidas aprobadas en anteriores Consejos, por lo que te contamos cuáles son las empresas que sí van a poder seguir desarrollando su actividad durante el Estado de Alarma.

¿Qué medidas se han aprobado?

El Consejo de Ministros aprobó la protección del empleo, pymes y autónomos.

Esta protección se resume en aplazar y fraccionar el pago de impuestos así como el reembolso de préstamos y habilitar una línea del ICO.

Pedro Sánchez, es su comparecencia, destacó que el fraccionamiento y aplazamiento del pago de impuestos durante seis meses para PYMES y autónomos, inyectará alrededor de 14.000 millones de euros adicionales de liquidez. Además, las empresas podrán devolver ese dinero a los tres meses, sin costes por intereses.

Por otro lado, se aplazarán los reembolsos de préstamos del Ministerio de Industria, Turismo y Comercio a empresas del sector industrial.

¿Quién está habilitado para poder seguir desempeñando su actividad?

En base a lo recogido en el artículo 10 del decreto del Estado de Alarma que ha sido publicado por el BOE, se suspende, por norma general y hasta nueva orden, la apertura de comercios minoristas con las siguientes excepciones:

  • Los comercios de alimentación, bebidas y productos de primera necesidad
  • Farmacias
  • Centros médicos
  • Ópticas
  • Ortopedias
  • Tintorerías y lavanderías
  • Veterinarios y establecimientos que vendan productos de mascotas
  • Papelerías
  • Gasolineras
  • Estancos
  • Kioskos de prensa
  • Empresas de correspondencia
  • Empresas de comercio por internet
  • Empresas de comercio telefónico

 

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