Con esta moratoria se pretende dar un plazo mayor a las empresas y brindarles la oportunidad de reequilibrar sus cuentas.

En la actualidad, a causa de la situación económica en la que nos encontramos debido a la pandemia, casi 130.000 pequeñas y medianas empresas están al borde del concurso de acreedores y, según datos del Banco de España, una de cada cinco compañías se encuentra al borde de la insolvencia.

Algunos sectores, como la hostelería, no han logrado evitar que se disparasen sus solicitudes voluntarias de concurso de acreedores: un 125 % en los primeros meses del año, frente al 18,49 % del conjunto de la economía.

Por eso mismo, una vía para salvar a las empresas era con la prórroga de la moratoria concursal. Así, el pasado viernes el Gobierno aprobó en la jornada de Consejo de Ministros extraordinario, el real decreto de medidas que favorecen a la solvencia empresarial, entre las que se incluye la prórroga de la moratoria concursal, que expiraba el 14 de marzo.

El objetivo de estas es contribuir a la mejora del tejido empresarial español. Además de la moratoria concursal, se aprobaron también las ayudas directas a los sectores más afectados por la pandemia, que repartirán 7.000 millones de euros entre los autónomos y las pymes más afectadas por la pandemia.

Por otro lado, la moratoria concursal ayuda a contener las quiebras empresariales que podrían darse este año debido a la caída en la facturación y el aumento de las deudas en miles de empresas españolas

De esta forma, las compañías españolas que se encuentren en riesgo de insolvencia no estarán obligadas a solicitar a un concurso de acreedores, siempre y cuando sigan siendo viables y solo se encuentren en un momento de problemas puntuales de solvencia

La medida pretende dar un plazo mayor a las empresas y brindarles la oportunidad de reequilibrar sus cuentas. Tal y como aseguró Nadia Calviño, vicepresidenta tercera del Gobierno: “Con esta medida dotamos de más margen a las empresas para restablecer el equilibrio patrimonial, para abordar procesos de reestructuración sin desencadenar procesos innecesarios que lastren la economía”.

Con la prórroga se amplían las moratorias referentes a la exención del deber del deudor de solicitar la declaración de concurso y la no admisión a trámite de las solicitudes de concurso que presenten los acreedores, así como el plazo para renegociar, tanto los acuerdos de refinanciación y acuerdos extrajudiciales de pago como los propios convenios concursales. También se amplían hasta el 31 de diciembre las medidas procesales que agilizan los procesos, como la tramitación preferente y el fomento de la subasta extrajudicial.

Share This